jueves, 1 de diciembre de 2011

Iniciativa ciudadana para prohibir la fumigación con chemtrails

Traducción Trinity a Tierra   www.trinityatierra.com
por Rady Ananda
Arriba una foto enviada desde Sahagún, León, por Nim, que nos muestra un hilo caído desde el cielo con poco aspecto de ser una “tela de araña”, este de una longitud de 2 metros.
El 6 de diciembre, el condado de Suffolk en New York mantendrá una vista pública sobre una propuesta para prohibir la fumigación aérea con óxido de aluminio, bario, sulfuro y otras sales en el aire, sobre el condado, sin antes solicitar una valoración de impacto medioambiental y de recibir una aprobación del condado y su departamento de Servicios de Salud, y la División de Calidad Medioambiental.
Esta iniciativa única en su género da, tal vez, alguna esperanza, de que iniciativas similares puedan florecer en Estados Unidos y otros países para tratar de abordar el espinoso asunto de las fumigaciones desde el aspecto legal.
Están eximidas de la prohibición propuesta las operaciones de fumigación para la agricultura y por la enfermedad de Lyme, encefalitis equina asiática, virus del Nilo Occidental y otras operaciones llevadas a cabo para el control de enfermedades.
La vista será mantenida en el Auditorio Legislativo Riverhead, Edificio de Evans K.
Si la opinión pública es capaz de convencer a los legisladores del riesgo de tales operaciones de geoingeniería, la legislación será votada el 20 de diciembre de 2011. De otro modo, la prohibición propuesta será relegada definitivamente.
Iniciado por Cindy Pikoulas y su marido Jim, junto con Siobhan Ciresi de Observadores del Cielo de Long Island, con la asistencia del oponente a los chemtrails Rosalind Peterson de la Coalición para la Defensa de la Agricultura, la ley fue finalizada y propuesta por el legislador Edward P. Romaine (abajo el texto completo).
Involucrado en el gobierno del Condado de Suffolk desde 1989, Romaine, es un fiscal conservador que prioriza la defensa de la tierra para labrar y la protección del medioambiente. En Agosto, organizó el primer mercado de agricultores del condado junto con la Oficina de Granjas de Long Island.
Los Piloulases y Ciresi hablarán el 6 de diciembre y están animando a la gente a respaldar su acción y y mostrar apoyo a la probibición.
“Si la propuesta se convierte en Ley en el condado de Suffolk, Long Island, será la primera en la nación. Será un punto de partida para que otros la sigan”, dice el Observatorio del Cielo de Long Island (Long Island Sky Watch) en una nota de prensa.
“Al final, nuestros gobiernos tendrán que investigar por qué nuestros árboles se están muriendo en números record: por qué nuestras aguas contienen niveles tóxicos de aluminio, bario y estroncio; por qué el 90% de nosotros tienen deficiencia de vitamina D y por qué nuestras cosechas están fallando; y de dónde viene todo este clima alocado”.
Cindy Piloulas de “Observadores del Cielo de Long Island” con el programa de radio New York Sky Watch el 20 de noviembre comentó que se tomaron tres muestras de Suffolk que mostraron altos niveles de bario, estroncio y aluminio. Ella está pidiendo que los habitantes de Long Island analicen su agua y árboles para mirar estos químimcos y tener evidencia de que pudiera servir a los investigadores y autoridades medioambientales.
(En breve postearé sobre ello para que, quien quiera y pueda hacerlo, lo lleve a cabo).
Además de atender la vista el 6 de diciembre, los habitantes de Long Island pueden contactar a los legisladores del condado via http://legis.suffolkcountyny.gov/legislators.html
¿Son las exenciones necesarias?
Aunque hay casos de exención bajo la prohibición propuesta, la fumigación de vectores de enfermedad puede ser el subterfugio para las operaciones de control del clima, dada la extrema rareza de enfermedades tales como el EEV y WNV, de acuerdo al departamento de Salud y Servicios Humanos de Estados Unidos:
“La enfefalitis equina oriental es una enfermedad viral seria causada por un virus transmitido por la mordida de un mosquito infectado y que presenta síntomas más severos que el virus del Nilo Occidental.”
“Los pájaros son la fuente de la infección por mosquitos que pueden transmitir a veces la infección a los caballos, otros animales y, en casos raros, la gente.”
“El Virus del Nilo Occidental fue visto por primera vez en los Estados Unidos en 1999, en la ciudad de NY, en el área de Queens. El Virus del Nilo occidental puede vivir en muchos pájaros y se pasa de pájaro a pájaro por ciertos tipos de mosquitos. Ocasionalmente, un mosquito infectado pasará el virus a los humanos o a otros animales. La mayor parte de la gente sana no se enferma con tal virus, pero algunas veces puede ocasionar síntomas.”
(..)
Considerando que la población del Sufforl NY es de 19 millones, la aplicación de químicos tóxicos, supuestamente para controlar tan raras enfermedades donde sólo 44 personas (según estudios) se enfermarían en 2011, parece absurdo.
Los expertos de de Salud de Estados Unidos admiten que los ugandanianos y egipcios, país donde se descubrió el virus de Nilo Occidental por primera vez, desarrollan una inmunidad natural antes de que llegen a edad adulta. Usar químicos tóxicos que ensucian el medio ambiente y llevan al cáncer o enfermedades respiratorias, en lugar de permitir a los humanos desarrollar la inmunidad a estas enfermedades, es un método de control irresponsable y no sostenible.
Si estos programas de fumigación de control de enfermedades de vector están involucrados en otras actividades tales como la radiación solar o la gestión de las lluvias, son inseguros. Pero los jets que tiran chemtrails a 30.000 pies de altura, pueden estar involucrados en contribuir a los altos niveles de aluminio, bario y estroncio encontrados en las aguas y árboles de Suffolk.
Abajo está el texto completo de la ley propuesta en Suffolk:
CUANDO fue debidamemnte presentada e introducida a esta Asamblea Legislativa del Condado en una reunión mantenida el 6 de diciembre de 2011, una ley local propuesta bajo el nombre de “UNA LEY LOCAL PARA PROTEGER LA CALIDAD DE AIRE EN EL CONDADO DE SUFFOLK”.
SE RESOLVIO, que tal ley local sea enunciada en la forma que sigue:
LEY LOCAL Nº 2011, CONDADO DE SUFFOLK, NY, UNA LEY LOCAL PARA PROTEGER LA CALIDAD DEL AIRE EN EL CONDADO DE SUFFOLK ES PROMULGADA POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL CONDADO DE SUFFOLK COMO SIGUE:
Sección 1: Intento legislativo
Esta Asamblea Legislativa encuentra y determina que el Condado de Suffolk es líder en protección medioambiental y tiene varios programas de protección del suelo y el agua subterránea de la contaminación.
Esta Asamblea Legislativa encuentra y determina que las preocupaciones han sido elevadas de que entidades corporativas y gobiernos podrían estar vertiendo quimicos contaminantes, incluído bario, sulfuro, sales y óxido de aluminio en el aire, lo que puede impactar en el clima y otros elementos medioambientales.
Esta Asamblea Legislativa encuentra que tales particulas finalmente caen de la atmósfera, exponiendo a la población a estos contaminantes del aire y de la tierra que pueden contaminar el suelo y el agua.
Esta Asamblea Legislativa determina que los residentes del Condado pueden estar expuestos a estos químicos dado que están en la atmósfera, lo cual puede causar problemas de salud, respiratorios, entre otros.
Esta Asamblea Legislativa también encuentra que, para proteger a los residentes del Condado del daño potencial, cualquier persona que planee descargar estos químicos en el espacio aéreo del Condado de Suffolk debería primero cursar una petición de impacto medioambiental y recibir la aprobación del Departamento de Servicios de Salud y la División de Calidad Medioambiental.
Por tanto, el objetivo de esta ley es requerir que cualquier persona que planifique descargar partículas de sulfuro, bario, sales u óxido de aluminio en el espacio aéreo del condado de Suffolk, curse una peticion de impacto Medioambiental al Condado antes de tomar tal acción.
Sección 2 Definiciones
Como se toma en cuenta en esta ley, los siguientes términos deberían tener los significados indicados:
“PERSONA” significa cualquier persona natural, individuo, corporación, asociación no corportativa, propiedad, firma, sociedad, joint venture, asociación de abonados o cualquier otra entidad o negocio de esta naturaleza.
Sección 3: Requerimientos
Cualquier persona que planifique verter sulfuro, bario, sales de óxido de aluminio en el espacio aéreo del condado de Suffolk debe antes solicitar un informe de impacto medioambiental, tal y como está establecido en la sección 4 de esta presente ley, y cursarla al Departamento de Servicios de Salud y División de Calidad Medioambiental del Condado de Suffolk y al responsable de la Asamblea Legislativa del Condado de Suffolk y recibir una aprobación de dicha División Medioambiental antes de iniciar cualquier vertido.
Sección 4: Forma establecida
El Departamento de Servicios de Salud y División de Calidad Medioambiental del Condado de Suffolk está por lo tanto autorizado y capacitado para desarrollar un informe de impacto medioambiental que pueda ser empleado por personas que deseen verter sulfuro, bario, sales u óxido de aluminio en el espacio aéreo del Condado de Sufflok. Tal informe requiere que los aplicantes detallen la naturaleza y propósito de su vertido y cualquier impacto a la salud o medioambiente que pueda resultar de la descarga.
Sección 5. Exenciones
Los requerimientos contemplados en esta ley no deben aplicarse a cualquier otra persona que desarrolle fumigación con aerosol para propósitos agrícolas o de control de enfermedades de vector.
Sección 6. Multas
A. Cualquier persona que viole cualquier provisión de esta ley debería tener una multa de hasta 2500 dólares por una violación primera, con otra de 5000 dólares por cualquier violación posterior de la ley.
B. Cualquier multa civil puede ser valorada únicamente por el Comisionado de Servicios de Salud tras una vista y oportunidad para que cualquier violador de la ley sospechoso sea escuchado.
Sección 7: Reglas y regulaciones
El Comisionado del Departamento de Servicios de Salud de Condado está por tanto autorizado y tiene el poder de emitir y propulgar tales reglas y regulaciones como considere necesario para implementar y llevar a cabo las provisiones de esta ley.
Sección 8 Aplicabilidad
Esta ley debe aplicarse a todas las acciones que ocurran durante o después de la fecha efectiva de esta ley.
Sección 9. Legalidad
Si una cláusula, sentencia, párrafo, subdivisión, sección o parte de esta ley o su aplicación a cualquier persona, corporación, firma, sociedad, entidad o circunstancia debe ser aplicado/a por cualquier juzgado competente que la considere inválida o inconstitucional, tal orden o juicio no debe afectar o invalidar al resto de las partes, sino ser confinada en su operación a la clásula, sentencia, párrafo, subdivisión, sección o parte de esta ley en su aplicación a la persona, individuo, firma, sociedad, entidad o circunstancia directamente involucrada en la controversia en que pueda entrar tal orden o sentencia.
Sección 10. Determinación SEQRA
Esta asamblea legislativa, siendo la agencia de gestión del Acta de Revisión de Calidad Medioambiental del Estado, por tanto encuentra y determina que esta ley constituye una acción de tipo II correspondiente a la sección 617.5(c)(20), (21) y/o (27) del Título 6 del Código de Leyes y Regulaciones de Nueva York y está dentro del contemnido de la sección 8 0109(2) de la Ley de Conservación Medioambiental de Nueva York como una promulgación de regulaciones, leyes, políticas procdedimientos y decisiones legislativas en conexión con la continuación de la administración de la agencia, gestión y obtención de información. El Consejo del Condado de Suffolk sobre Calidad Medioambiental está por tanto dirigido a circular cualquier aviso de SEQRA de determinación de no aplicabilidad o no significancia de acuerdo con esta ley.
Sección 11: Fecha efectiva
Esta ley debe tomar efecto inmediatamente al poner al día a la Oficina del Secretario de Estado
(Nota Final de Trinity: lo de las multas suena a tomadura de pelo, pero creo que sería un paso importante poder ver la cara a los infractores sentados en un banquillo

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